Los juicios que en vía de jurisdicción voluntaria, que no conlleven situaciones de capacidad, la necesaria intervención del ministerio público, se podrán tramitar ante las dependencias administrativas o notario público
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TesiUAN (). Los juicios que en vía de jurisdicción voluntaria, que no conlleven situaciones de capacidad, la necesaria intervención del ministerio público, se podrán tramitar ante las dependencias administrativas o notario público. https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/28290
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Propiedades
- Título
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Los juicios que en vía de jurisdicción voluntaria, que no conlleven situaciones de capacidad, la necesaria intervención del ministerio público, se podrán tramitar ante las dependencias administrativas o notario público
- Autor
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Gustavo Higareda Parra
- Palabras clave
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Procedimiento Civil Derecho Civil-Legislación-Nayarit (Estado), México Derecho Notarial Fiscales
- Fecha de titulación
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1997
- Editorial
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Universidad Autónoma de Nayarit
- Resumen
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Esta tesis aborda la problemática de la saturación de los tribunales judiciales en el estado de Nayarit a causa de los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa. Mediante un análisis dogmático e histórico del Estado, la función jurisdiccional, la naturaleza de la jurisdicción voluntaria y la función notarial, el autor sostiene que los procedimientos donde no existe controversia ni litigio no constituyen verdaderos actos jurisdiccionales, sino actos administrativos cuya finalidad es dotar de certeza, autenticidad y solemnidad a determinados hechos. Con el fin de optimizar el trabajo del Poder Judicial y modernizar la gestión pública, la obra propone reformar el marco normativo local (Código Civil y Código de Procedimientos Civiles) para permitir que los trámites sin conflicto —que no afecten la capacidad ni requieran la intervención obligatoria del Ministerio Público— puedan gestionarse a elección del interesado ante notario público (como la adopción, divorcios voluntarios e informaciones de dominio) o ante dependencias administrativas, proponiendo específicamente que las diligencias de apeo y deslinde sean tramitadas ante el Departamento de Catastro e Impuesto Predial.
- Programa educativo
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Unidad Académica de Derecho