Modificación del artículo 306 del código penal vigente en el estado, en lo relativo a las lesiones que tarden menos de 15 días en sanar estas se consideren como delito perseguible por querella de parte
Citation
TesiUAN (). Modificación del artículo 306 del código penal vigente en el estado, en lo relativo a las lesiones que tarden menos de 15 días en sanar estas se consideren como delito perseguible por querella de parte. https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/26431
TesiUAN. "Modificación del artículo 306 del código penal vigente en el estado, en lo relativo a las lesiones que tarden menos de 15 días en sanar estas se consideren como delito perseguible por querella de parte." Web. . <https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/26431>.
TesiUAN. "Modificación del artículo 306 del código penal vigente en el estado, en lo relativo a las lesiones que tarden menos de 15 días en sanar estas se consideren como delito perseguible por querella de parte." Accessed . https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/26431.
Propiedades
- Título
-
Modificación del artículo 306 del código penal vigente en el estado, en lo relativo a las lesiones que tarden menos de 15 días en sanar estas se consideren como delito perseguible por querella de parte
- Autor
-
Bertha Cecilia Mota Aguayo
- Palabras clave
-
Derecho penal-Legislación-Nayarit (estado)
- Fecha de titulación
-
2002
- Editorial
-
Universidad Autónoma de Nayarit
- Resumen
-
Esta investigación aborda la problemática del delito de lesiones leves en el estado de Nayarit (aquellas que no ponen en peligro la vida y tardan en sanar menos de quince días), las cuales son perseguidas de oficio según la codificación penal vigente. Mediante un análisis histórico, técnico-jurídico, de derecho comparado y con soporte en aspectos sociológicos, psicológicos y médicos, el estudio demuestra que el trámite oficioso de este tipo de ilícitos genera una carga procesal innecesaria para los tribunales, resulta más tardío que el tiempo de sanación física y atenta contra la reputación de los involucrados al generar antecedentes penales aun cuando la víctima haya otorgado el perdón. Como solución, se propone adicionar el artículo 306 e incluir la fracción XX al artículo 24 Bis del Código Penal del Estado de Nayarit, con el fin de catalogar las lesiones leves como un delito perseguible por querella de parte, privilegiando la voluntad del ofendido y la simplificación de la justicia.
- Programa educativo
-
Unidad Académica de Derecho