Reforma al artículo 69 en su fracción tercera del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit
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TesiUAN (). Reforma al artículo 69 en su fracción tercera del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit. https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/26141
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Propiedades
- Título
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Reforma al artículo 69 en su fracción tercera del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit
- Autor
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Reynaldo Carrillo Preciado
- Director de Tesis
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José Amado Aguilar González
- Palabras clave
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Procedimiento civil-Nayarit (estado)
- Fecha de titulación
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2003
- Editorial
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Universidad Autónoma de Nayarit
- Resumen
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Esta tesis aborda la problemática en la práctica procesal civil provocada por el término mínimo de seis horas establecido en el artículo 69, fracción III, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nayarit para dejar citatorio cuando no se encuentra al interesado en una primera búsqueda. El autor sostiene que un plazo tan reducido fomenta simulaciones por parte de los notificadores y vulnera las garantías constitucionales de audiencia y legalidad. Como solución, propone reformar dicha fracción para eliminar el margen de seis horas y obligar a dejar el citatorio para una hora fija del día hábil siguiente.
- Programa educativo
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Unidad Académica de Derecho