Estudio comparativo del Régimen Simplificado de Confianza en el I.S.R. para personas físicas y morales
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Item ID: 23949
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TesiUAN (). Estudio comparativo del Régimen Simplificado de Confianza en el I.S.R. para personas físicas y morales. https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/23949
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Propiedades
- Título
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Estudio comparativo del Régimen Simplificado de Confianza en el I.S.R. para personas físicas y morales
- Autor
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Gabriela Denisse Reyes Villegas
- Director de Tesis
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Karla Medina Ornelas
- Palabras clave
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Personas jurídicas -- Impuestos -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Impuestos sobre la renta -- Legislación -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Derecho fiscal -- México -- Tesis y disertaciones académicas
- Fecha de titulación
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2025
- Editorial
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Universidad Autónoma de Nayarit
- Resumen
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Objetivo del RESICO: Implementado en 2021 e iniciado en 2022, busca simplificar las obligaciones fiscales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) basándose en la confianza ciudadana y el flujo de efectivo, facilitando el cumplimiento voluntario y combatiendo la informalidad.
RESICO para Personas Físicas:
Requisitos: Dirigido a quienes realizan actividades empresariales, profesionales o prestan el uso o goce temporal de bienes, con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior que no excedan de $3,500,000 pesos.
Cálculo y Tasas: Se pagan impuestos mensuales y anuales aplicando tasas progresivas muy bajas basadas en los ingresos efectivamente cobrados sin incluir el IVA, las cuales van desde el 1.0% (para ingresos hasta $300,000 anuales) hasta el 2.5% (para ingresos de hasta $3,500,000).
Beneficios y Obligaciones: No requiere llevar contabilidad electrónica ni presentar declaraciones informativas. Las personas morales que les hagan pagos deben retenerles un 1.25% por concepto de ISR.
RESICO para Personas Morales:
Requisitos: Aplica para personas morales residentes en México constituidas únicamente por personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan los $35,000,000 de pesos.
Cálculo y Tasas: Los pagos provisionales mensuales y el impuesto anual se determinan mediante el flujo de efectivo (ingresos efectivamente percibidos menos deducciones autorizadas efectivamente pagadas). A la utilidad fiscal obtenida se le aplica la tasa general del 30% establecida en el artículo 9 de la LISR.
Deducciones de Inversiones: Se permite la deducción de inversiones a plazos menores mediante porcientos máximos autorizados, siempre que el monto total de las inversiones en el ejercicio no rebase los $3,000,000 de pesos.
Facilidades Tecnológicas: Ambos regímenes aprovechan las herramientas del SAT para utilizar información precargada a partir de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), agilizando los cálculos y reduciendo la carga administrativa. - Programa educativo
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