Análisis de las actividades vulnerables que se enmarcan en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Citation
TesiUAN (). Análisis de las actividades vulnerables que se enmarcan en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/23867
TesiUAN. "Análisis de las actividades vulnerables que se enmarcan en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita." Web. . <https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/23867>.
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Propiedades
- Título
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Análisis de las actividades vulnerables que se enmarcan en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
- Autor
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Jesús Esteban Hernández Nolasco
- Director de Tesis
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José Luis Becerra García
- Palabras clave
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Money laundering -- Law and legislation -- Mexico | Lavado de dinero -- Legislación -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Lavado de dinero -- Prevención -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Delitos económicos -- México -- Tesis y disertaciones académicas | Derecho administrativo -- México -- Tesis y disertaciones académicas
- Fecha de titulación
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2025
- Editorial
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Universidad Autónoma de Nayarit
- Resumen
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Objetivo y Contexto del Documento: La investigación analiza las actividades económicas consideradas vulnerables en México bajo la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la cual busca proteger el sistema financiero y la economía nacional combatiendo el lavado de dinero.
Definición de Lavado de Dinero: Se describe como el proceso mediante el cual se oculta el origen de fondos generados por actividades ilícitas (como narcotráfico, corrupción y extorsión) para hacerlos pasar por recursos legítimos e introducirlos al flujo económico formal.
Marco Legal y Metodología:
La ley fue publicada el 17 de octubre de 2012 y entró en vigor el 17 de julio de 2013.
México es miembro pleno del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) desde el año 2000.
El estudio emplea un tipo de investigación descriptiva y un diseño documental basado en la revisión de normativas, leyes y literatura especializada.
Actividades Vulnerables y Umbrales: La LFPIORPI cataloga diversas operaciones como vulnerables, estableciendo umbrales específicos de identificación y de presentación de avisos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el SAT:
Juegos con apuesta y sorteos.
Emisión o comercialización de tarjetas de servicio, crédito, prepagadas y vales.
Emisión de cheques de viajero.
Préstamos o créditos.
Servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles e intermediación.
Comercialización de metales preciosos, joyas, relojes y obras de arte.
Distribución de vehículos (aéreos, marítimos o terrestres) y servicios de blindaje.
Traslado o custodia de dinero o valores.
Servicios profesionales independientes y de fe pública (notarios y corredores).
Recepción de donativos en asociaciones sin fines de lucro.
Servicios de comercio exterior como agentes aduanales.
Otorgamiento de derechos de uso o goce de inmuebles y operaciones con activos virtuales.
Obligaciones de los Sujetos Obligados:
Realizar el trámite de alta y registro ante el SAT.
Identificar a clientes y usuarios mediante documentos oficiales, recabar información sobre el dueño beneficiario y conocer su actividad u ocupación en relaciones de negocios.
Presentar los avisos correspondientes a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente de manera electrónica.
Custodiar y resguardar la información y documentación soporte de forma física o electrónica por un plazo de cinco años.
Otorgar facilidades para las visitas de verificación.
Restricciones al Uso de Efectivo: Se prohíbe liquidar o pagar operaciones con efectivo (moneda nacional o divisas) y metales preciosos al rebasar ciertos límites en actividades específicas como compraventa de inmuebles, vehículos, joyas, obras de arte, entre otras.
Sanciones y Delitos:
El incumplimiento de las obligaciones o la omisión en la presentación de avisos genera sanciones administrativas, multas económicas cuantificadas en Unidades de Medida y Actualización (o días de salario mínimo) que pueden alcanzar del 10% al 100% del valor de la operación, así como la revocación de permisos, cancelación de patentes o habilitaciones (para notarios, corredores y agentes aduanales).
Se tipifican como delitos con penas de prisión la falsificación o alteración dolosa de información para los avisos, así como el uso indebido o revelación ilegal de información reservada por parte de servidores públicos. - Programa educativo
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