La acción reparatoria en la legislación penal nayarita
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TesiUAN (). La acción reparatoria en la legislación penal nayarita. https://hemero-digital.uan.mx/s/tesiuan/item/16685
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Propiedades
- Título
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La acción reparatoria en la legislación penal nayarita
- Autor
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Emilio Arellano Cabezud
- Palabras clave
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Derecho Penal-Tesis y disertaciones académicas-Legislacíon-Nayarit (México)
- Fecha de titulación
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1981
- Editorial
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Universidad Autónoma de Nayarit
- Resumen
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Evolución histórica: Sus orígenes más remotos se encuentran en la venganza privada y en la composición (pago para evitar la venganza), pasando por la Ley Aquilia en el Derecho Romano hasta llegar a las codificaciones modernas enfocadas en la restitución de los derechos lesionados.
Naturaleza en Nayarit: El Código Penal anterior denominaba a esta figura "Reparación del Daño", mientras que el vigente la designa como "Responsabilidad Civil". No tiene el carácter de pena pública, por lo que no puede aplicarse de oficio; requiere necesariamente ser promovida por parte legítima dentro del periodo de instrucción.
2. Autonomía y Defectos Procesales
Sujetos obligados: El Código anterior permitía exigir la acción dentro de la causa penal tanto al reo como a terceros; el código vigente limita su ejercicio exclusivo contra el acusado, dejando a salvo los derechos contra terceros conforme al Código Civil.
Antinomias de ejecución: Existen contradicciones entre el Código Penal y el de Procedimientos Penales respecto a la ejecución de sentencias a través de los tribunales civiles (vía de apremio y la exigencia de que "cause estado").
Plazos de prescripción: El artículo 115 del Código Penal fija un plazo de prescripción de tres años, el cual resulta incongruente con los plazos constitucionales y genera conflictos con las normas del Código Civil.
3. Legitimación y Órden de Preferencia
Titulares del derecho: El artículo 110 del Código Penal establece un orden de preferencia para exigir el pago (ofendido, cónyuge, hijos menores o incapacitados, ascendientes, concubino/a y dependientes económicos).
Propuesta de incapacidad: Se propone adicionar una norma que inhabilite para reclamar la responsabilidad civil a aquellos que estén incapacitados para heredar por delito según el Código Civil (por ingratitud o actos cometidos contra la víctima), equiparándolo a los criterios de moralidad del derecho civil y laboral.
4. Síntesis de Propuestas de Reforma
Actualización monetaria: Sustituir las sumas fijas en las indemnizaciones (como en el caso de muerte regulado por el artículo 116) por el uso general del salario mínimo para garantizar la perdurabilidad de la norma ante la inflación.
Reforma procesal:
Suprimir la exigencia de "que cause estado" en el artículo 423 del Código de Procedimientos Penales para agilizar la ejecución.
Adicionar el artículo 501 del Código de Procedimientos Civiles para que sirva como norma receptora clara de la ejecución de sentencias y convenios derivados de incidentes de responsabilidad civil penal.
Derogar los plazos excesivos de facilidades de pago al sentenciado para evitar la indefensión y el desaliento de la víctima. - Programa educativo
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